La Biblia RVP, Éxodo, Capítulo 22. is available here: https://www.bible.promo/chapters.php?id=10072&pid=4&tid=1&bid=28
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BIBLE VERSIONS / La Biblia RVP / El Antiguo Testamento / Éxodo

La Biblia RVP - Reina-Valera Purificada

Génesis Éxodo Levítico

Capítulo 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40

1 CUANDO alguno hurtare buey ú oveja, y le degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.

2 Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que le hirió no será culpado de su muerte.

3 Si el sol hubiere sobre él salido, el matador será reo de homicidio: el ladrón habrá de restituir cumplidamente; si no tuviere, será vendido por su hurto.

4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey o asno ú oveja vivos, pagará el duplo.

5 Si alguno hiciere pacer campo o viña, y metiere su bestia, y comiere la tierra de otro, de lo mejor de su tierra y de lo mejor de su viña pagará.

6 Cuando rompiere un fuego, y hallare espinas, y fuere quemado montón, o haza, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.

7 Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble.

8 Si el ladrón no se hallare, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para ver si ha metido su mano en la hacienda de su prójimo.

9 Sobre todo negocio de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando uno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.

10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, ú oveja, o cualquier otro animal a guardar, y se muriere, o se perniquebrare, o fuere llevado sin verlo nadie;

11 Juramento del SEÑOR tendrá lugar entre ambos de que no echó su mano a la hacienda de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará.

12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño.

13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, traerle ha testimonio, y no pagará lo arrebatado.

14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, ausente su dueño, deberá pagarla.

15 Si el dueño estaba presente, no la pagará. Si era alquilada, él vendrá por su alquiler.

16 Y si alguno engañare a alguna doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer.

17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme al dote de las vírgenes.

18 A la hechicera no dejarás que viva.

19 Cualquiera que tuviere ayuntamiento con bestia, morirá.

20 El que sacrificare a dioses, excepto a sólo el SEÑOR, será muerto.

21 Y al extranjero no engañarás, ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto.

22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis.

23 Que si tú llegas a afligirle, y él a mí clamare, ciertamente oiré yo su clamor;

24 Y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos.

25 Si dieres a mi pueblo dinero emprestado, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.

26 Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a puestas del sol se lo volverás:

27 Porque sólo aquello es su cubierta, es aquel el vestido para cubrir sus carnes, en el que ha de dormir: y será que cuando él a mí clamare, yo entonces le oiré, porque soy misericordioso.

28 No denostarás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.

29 No dilatarás la primicia de tu cosecha, ni de tu licor: me darás el primogénito de tus hijos.

30 Así harás con el de tu buey y de tu oveja: siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.

31 Y habéis de serme varones santos: y no comeréis carne arrebatada de las fieras en el campo; a los perros la echaréis.

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